Sobre la prisión preventiva

Una introducción accesible a un concepto que no terminamos de entender.

Ante la noticia de que un juez dejó en libertad —condicional—  a una madre, tío y abuela que torturaban a una niña de 4 años, muchas personas en redes sociales recurrieron al conocido “este país es una mierda” y al clásico “no entiendo por qué estas cosas pasan”. Este texto pretende —de forma resumida— ayudar, precisamente, a entender por qué “estas cosas” pasan.

Empecemos por lo más sencillo: toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario. ¿Qué quiere decir esto? Que usted puede ser sospechoso o acusado de cometer un delito, pero esto no basta para que lo metan a la cárcel. Quienes lo acusan (en este caso la Fiscalía) tienen que demostrar (en un juicio) que usted es culpable del delito por el que se le acusa.

La presunción de inocencia está amparada en varios artículos de distintas leyes, convenios internacionales y nuestra Constitución Política. Es decir, es parte fundamental de la construcción de nuestra democracia y del país como un Estado de derecho. Si desea profundizar puede leer los artículos 39,41, 153 y 166 de nuestra Constitución Política, el artículo 8 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, el artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el artículo 14 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y los artículos 9 y 10 del Código Procesal Penal.

¿Qué son las medidas cautelares?

Básicamente son acciones preventivas que ordena un juez con la intención de evitar que el estado de las cosas se altere o modifique en perjuicio de la efectividad de la sentencia. Es decir, se procura que no se ponga en peligro lo que se resuelva en sentencia (sin prejuzgar el resultado final), de modo tal que esta surta pleno efecto. Algunas medidas cautelares utilizadas son: presentarse a firmar cada 15 días, impedimento de salida del país, prohibición de acercarse a la víctima y, la más solicitada por las personas, prisión preventiva.

¿Qué es la prisión preventiva?

Es una medida cautelar excepcional dentro del proceso penal que pretende asegurar el descubrimiento de la verdad real y la actuación de la ley. No es una condena anticipada (como muchos parecieran interpretar) y tampoco es la regla, sino la excepción. No es un castigo: es una medida de prevención (muy particularmente orientada a prevenir que la persona eluda la responsabilidad de enfrentar la justicia). Es importante entender que no a todos los sospechosos se les puede imponer la prisión preventiva como medida cautelar; esta depende de cada caso y de cada sospechoso.

A pesar de lo que pareciera percibir la opinión pública en Costa Rica más bien se ha abusado de la prisión preventiva (quizá esto explique la desinformación generalizada), al punto en que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos le llamó la atención al país el año pasado. En enero de 2016, Costa Rica tenía 2530 personas en prisión preventiva, lo que representa el 18% del total de la población detenida en centros penitenciarios, según cifras oficiales que citó la Comisión, Dadas las condiciones de hacinamiento carcelario de Costa Rica es de todos modos insostenible (superior al 50% a inicios del 2016) que se pretenda flexibilizar la aplicación de la prisión preventiva (medida de todos modos sería ilegal e inconstitucional).

Es importante que nos quede claro que el espíritu detrás del principio de legalidad  y de la presunción de inocencia es impedir que personas inocentes sean condenadas. Por eso es que quien acusa debe probar que el acusado es culpable. Por eso es que no encarcelamos a la gente antes de que se haya establecido su culpabilidad en un juicio (debido proceso). Por eso es que la prisión preventiva (como medida cautelar para asegurar el acatamiento de la sentencia) es la excepción, no la regla. Que no haya prisión preventiva no implica bajo ninguna circunstancia que no hay proceso, o que la persona quedó libre.

Por último: recordemos que estas reglas también nos aplicarían a usted o a mí, son una garantía para todos de que no habrá arbitrariedad en nuestra contra. Confiar en el Estado de derecho implica aceptar que hay reglas y plazos y que las masas enardecidas reclamando venganza terminan pareciéndose más a quienes cometen actos de violencia que a quienes sueñan con un país menos violento, que se mueve desde la prudencia y el buen hacer.

¿Soluciones?

A la desinformación: informarse. Reproducir la información correcta y veraz.

Al hacinamiento… depende del enfoque con que se mire. Una solución (muy popular) es crear más cárceles, más celdas y más edificios para meter ahí a todo el que incumple con la ley. Otra medida (menos popular) es modificar las penas y reducir las que impliquen ir a prisión, es decir, pensar en penas complementarias y replantear la idea de que delito = prisión.

De cualquier forma, la mejor solución es dejar de crear criminales. Esto, por su puesto, requiere un esfuerzo mayor, pero, a su vez, también, una recompensa mayor. El país debe educar mejor a sus habitantes, generar más oportunidades de empleo y fortalecer la seguridad en las calles, barrios y comunidades.